8 de abril del 2011
UN PROCESO ELECTORAL TODO DE FACTO
CSE de facto admite candidatura de facto
Por Matilde Córdoba | Nacionales
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Los magistrados de facto del Consejo Supremo Electoral (CSE), quienes inconstitucionalmente conducen ese Poder del Estado, escribieron “en piedra” según ellos, la ilegal candidatura del presidente Daniel Ortega, para participar en la actual contienda electoral, pese a que la Constitución Política se lo prohíbe.
Un desafiante Roberto Rivas habló ayer por la mañana ante los medios de comunicación oficialistas, y leyó el acuerdo del tribunal electoral que manda a publicar en el Diario Oficial, La Gaceta, la candidatura de Ortega y de su compañero de fórmula, el general en retiro Omar Halleslevens.
El “Síndrome” Internacional
"Este acuerdo está escrito en piedra, surte efecto (desde hoy) y ya no hay marcha atrás", enfatizó Rivas, quien insistió en que en materia electoral no hay “ulteriores recursos”, y que cualquier otro recurso tramitado en organismos extranjeros sería una “intervención en los asuntos internos de Nicaragua”.
La lista “definitiva” de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República será publicada en La Gaceta, dijo Rivas, tal como lo establece la Ley Electoral.
Así es que el 6 de noviembre próximo, la ciudadanía podrá escoger entre 5 alianzas políticas y un partido. Arnoldo Alemán y el diputado Francisco Aguirre, son la fórmula del Partido Liberal Constitucionalista (PLC); Miguel Ángel García y Elizabeth Dávila, de la Alianza por la República (APRE); Fabio Gadea y el disidente sandinista Edmundo Jarquín, por una coalición que encabeza el Partido Liberal Independiente (PLI), y Enrique Quiñónez y la diputada ante el Parlacén, Diana Urbina, de la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN).
Este CSE no dio lugar a las impugnaciones de los partidos políticos contendientes, pues argumentó el cuestionado magistrado, que unos presentaron los recursos de impugnación extemporáneamente y a otros no les “asiste” la Ley.
La Alianza Partido Liberal Independiente (PLI), el Partido Liberal Constitucionalista (PLC) y la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) impugnaron la candidatura de Ortega por considerarla violatoria a la
Constitución
El artículo 147 de la Constitución Política prohíbe la reelección presidencial continua y por más de dos períodos.
“El Consejo ha sido muy apegado a derecho y ha cumplido siempre con las sentencias de la Corte. Aquí no se puede inhabilitar a un candidato mientras no haya una sentencia firme”, agregó Rivas, refiriéndose a Arnoldo Alemán, a quien el Movimiento contra la Reelección y el Pacto, pretendía impugnar el miércoles por considerarlo “valetudinario” y por haber sido acusado de robarle al Estado mientras fue presidente.
Las trampas en el calendario electoral
Rivas aseguró que el calendario electoral “fue debidamente consultado”, y que “establece los tiempos y fechas en las que se deben introducir los recursos”.
El calendario electoral, sin embargo, tiene varias trampas. Según la Ley Electoral, cuando finalice el período de inscripción de candidatos a Presidente y Vicepresidente, el CSE debe publicar la lista de candidatos en los principales medios de comunicación escritos, con el fin de que los partidos políticos puedan impugnarlos en los tres primeros días.
El lapso de inscripción concluyó el 18, pero el calendario electoral estipula que las fechas de impugnaciones eran del 31 de marzo al 4 de abril. Para mayor confusión, el CSE mandó a publicar la lista de candidatos en La Gaceta, justo el 18 de marzo, cuando se inscribió Ortega.
El artículo 85 de la Ley Electoral establece que “una vez transcurrido el término y no se interpusiese recurso alguno o habiéndose interpuesto fuere resuelto, el Consejo Supremo Electoral mandará a publicar la lista definitiva de candidatos en La Gaceta, Diario Oficial, y en diarios de circulación nacional”.
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