Derrota estratégica de Nicaragua
Carlos A. Lucas | 8/3/2011
El Cofidencial
La resolución de la Corte es una derrota estratégica de Nicaragua en la defensa de su sumo imperio sobre el San Juan.
El gobierno de Nicaragua, como la prensa, como lo comenté antes, serán triunfalistas por conveniencia pero estarán engañando al pueblo sobre las verdaderas implicancias de las resoluciones.
Es una anomalía que la Corte en La Haya, por un lado, mande a ambos países a retirar agentes militares o civiles en el pantano en disputa y luego autorice solamente a “agentes ambientales costarricenses” a ingresar a esa zona restringida, previo aviso a la Comisión de Humedales de las Naciones Unidas o Ramsar.
Nicaragua no puede entrar bajo los mismos fines o preocupaciones ambientales.
La resolución presupone que Nicaragua debe ser la vigilada y Costa Rica la vigilante. Esto es un sesgo suficiente para cuestionar la objetividad de la Corte en el mismo juicio de fondo.
La Corte no se refirió o limitó a restringir el dragado por asuntos ambientales únicamente en la zona en disputa, sino…..en todo el curso del río!!!!!! Costa Rica obtiene en la Corte, otra vez, más de lo que planteó formalmente. Nicaragua no debe aceptar las resoluciones de la Corte que lesionen su derecho al sumo imperio, ahora regulado por “agentes ambientales” de Costa Rica, que le limitan y hacen depender de Costa Rica el ejercicio de ese derecho.
Hay que analizar con lupa la fórmula de la Corte de La Haya de:
agentes ecológicos de Costa Rica+Ramsar+dragado del río por Nicaragua “siempre y cuando no haya daños ambientales”. El “siempre y cuando” lo decidirá Costa Rica, convirtiéndose así en una especie de administración de segundo piso de la soberanía nicaragüense sobre las aguas del río.
La resolución de la Corte es una puerta abierta para perder soberanía sobre el río. Contradice la anterior resolución de la Corte que facultaba a Nicaragua a realizar soberanamente las obras de dragado. la ecología y la defensa ambiental son las herramientas de Costa Rica para ganar soberanía sobre las aguas del río san Juan y su curso.
El siguiente paso de Costa Rica (probablemente en el lapso de los próximos tres años), es ocupar esta última resolución sobre sus “agentes ambientales” y sus “siempre y cuando”, en lograr que el río san Juan sea declarado río internacional. ya tienen derechos de navegación con “objeto de comercio”; ahora tienen derechos ambientales supra.
El concepto ecológico presupondría la disminución de la importancia política de las fronteras. Nicaragua ni su equipo visualizan esta visión de mediano plazo de la estrategia tica.
La naturaleza de las resoluciones de la Corte, en especial sobre el dragado y las prerrogativas de Costa Rica, constituyen una resolución de fondo y de ninguna manera tiene el perfil de una medida cautelar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario